domingo, 27 de agosto de 2017

Fernando Carranza Vásquez

Dale al pueblo vino, al pueblo dale circo!

He conocido personas que no quieren soltar la mamadera. He conocido personas que ganan mesuradamente bien y se aferran a un puesto de trabajo porque internamente saben que en otra empresa no podrán ganar lo mismo. He conocido muchos comechados y comechadas. Sobre todo en estos últimos dos años; sin embargo, nada como lo que voy a relatar a continuación:

El día 3 de julio de 1991 se firmó un documento que para muchos libre pensadores es la muestra más representativa de la palabra conchudez. En esa fecha, Alberto Fujimori firma el Decreto Supremo 145-91-DF, en el que se detalla cuanto debe ganar el personal eclesiástico de manera progresiva. Para muchos será sorpresa lo que voy a escribir pero es importante ser objetivo. Un cardenal gana nada más y nada menos lo mismo que un ministro, un arzobispo el 80 % del sueldo que percibe un viceministro y un obispo el 50 %. Si lo mencionado líneas arriba causa temeridad y asombro, es importante precisar que estas ganancias no se encuentran tipificadas como sueldos y por consiguiente no están sujetas a ningún descuento de 5ta categoría y/o tributación. No quisiera hacer una prolija descripción pero es importante cerrar los ojos y analizar el origen de estos pagos. Si usted anónimo lector piensa que los "aportes económicos" mencionados provienen del pago de sus impuestos pues déjeme decirle que está en lo correcto. Parte de nuestros impuestos son destinados al clero.

El secularismo tuvo su génesis durante la segregación de la Iglesia y el Estado de la Ilustración. Por consiguiente es lo opuesto al clero y trae como resultado al estado laico. Nomenclatura que no aplica en nuestro país católico por naturaleza.

Según la infame Constitución Política del 93, el Perú es un Estado que tolera y contempla la libertad de culto y la libertad ideológica; sin embargo, en la praxis la iglesia católica cumple un papel determinante y funge como elemento decisor ante temas coyunturales que atañen al Perú católico y no católico a nivel macro; como es el caso del aborto terapéutico, la eutanasia o el matrimonio homosexual. Asimismo, es de conocimiento general que durante las fiestas patrias el presidente electo acude a una misa y eventualmente a un Te Deum. Sin mencionar claro está, las festividades que el sector público y privado atribuye en conmemoración a la doctrina católica. Resalto que en la constitución no se expresa textualmente que el Perú sea un estado laico pero el aparataje político empodera a la iglesia. Situación que naturalmente es el objeto de este ensayo.

Existen elementos que a un pueblo no le puedes arrebatar ya que si lo llegaras a hacer generarías una guerra civil. Al pueblo no le puedes quitar el fútbol, no le puedes quitar la cerveza y tampoco le puedes quitar la iglesia. Es por ello que tácita o explícitamente esta institución tiene una militancia cada vez más activa en el Perú. En coherencia con ello, es importante precisar que aplicar el secularismo político podría decantar que nuestro país confluctuado por naturaleza tenga inestabilidad o mayor falta de paz social. Asimismo, es importante destacar que la constitución reconoce la importancia de la Iglesia Católica en la Artículo 50° “como elemento gravitante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración" sin embargo, en la Carta Magna no se detalla los pagos leoninos que el clero recibe a la fecha y que vuelvo y repito son producto de nuestros impuestos.

Debemos entender también que un estado laico se caracteriza entre otras cosas, por permitir la diversidad de ideologías y creencias religiosas. Así como fedatear que el Estado no apoye ni tenga a una religión predilecta como carrito de batalla; configurándose en todo momento como un Estado Neutral. No obstante, en el Perú subyace nuevamente un doble discurso y una duplicidad moral ya que nuestra Constitución vigente nos presenta como estado seudo laico pero en la práctica actúa como un estado aconfesionario evidenciándose una contradicción entre el artículo 50 y el artículo 2 de la Constitución.
Conclusión: La Iglesia Católica es la responsable de sin número de debates pero hay algo que debemos entender. La iglesia Católica a través de la doctrina, es la única institución encargada de uniformizar criterios de convivencia a través de las leyes y los mandamientos.

Escritor de domingos y feriados.
Fernando Carranza.


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